Pagos a cuenta del IS
Si su empresa factura menos de seis millones de euros al año, durante el mes de febrero puede modificar la forma de calcular los pagos a cuenta.

Si su empresa factura menos de seis millones de euros al año, al calcular sus pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades (IS) debe aplicar por defecto la “modalidad de cuotas” y pagar el 18% de la cuota a ingresar del último ejercicio cuyo plazo de declaración esté vencido. De esta forma, si el ejercicio de su empresa coincide con el año natural:
- En el pago a cuenta de abril deberá tomar como referencia la cuota a ingresar del IS de 2023.
- En cambio, en los pagos a cuenta de octubre y diciembre deberá tomar la del IS de 2024.
No obstante, si prevé que en el ejercicio 2025 sus beneficios van a ser inferiores, durante el mes de febrero puede optar por calcular los pagos a cuenta según el “sistema de bases”, en cuyo caso podrá calcular los pagos fraccionados según los beneficios acumulados del ejercicio en curso. Así evitará que la aplicación del sistema de cuotas le obligue a realizar pagos a cuenta demasiado elevados y después, en su declaración, tener que solicitar devolución.
Nuestros asesores verificarán si en su caso el cálculo de los pagos a cuenta según el sistema de bases es más beneficioso, y le indicarán la forma de optar por esta forma de cálculo.
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